Recientemente, una nueva cesación de pagos —default— ronda
Argentina luego que la Corte Suprema de EEUU ratificó indirectamente —al
declararse no competente de revisarlo, a pesar de la gestión en ese sentido del
gobierno Obama— el fallo del juez de primera instancia de Nueva York Thomas
Poole Griesa que obliga al país a pagar a todos sus acreedores, hubieran
negociado o no. Por ello, el país ha empezado diversas acciones para postergar el
fallo, incluyendo el apoyo de la OEA —con abstención de EEUU y Canadá.
¿Por qué ese fallo? En 2001 la deuda externa del país fue de
casi USD 150.000 millones y su PIB de USD 269.000 millones; en 2002, su PIB cayó
a USD 102.000 millones y su deuda a USD 146.000 millones. Diciembre de 2001 fue
el momento del default, el corralito y la caída de De la Rúa Bruno y luego de
varios gobiernos provisionales —proceso que recordaba hiperinflación de 1989 y
la salida anticipada de Alfonsín Foulkes— hasta que en 2003 el presidente
Kirchner Ostoić y su ministro Lavagna Serralta empiezan a solucionarlo, pagando
al FMI —con apoyo de Venezuela— y reestructurando de su deuda externa con
acreedores privados, muchos de ellos tenedores de bonos soberanos de diferentes
emisiones de financiamiento argentino.
Entre 2003 y 2014, las dos administraciones Kirchner negociaron
la deuda heredada a límites muy manejables con el 92,4% de los acreedores, reestructurándola
los pagos y reduciendo el capital adeudado entre el 50 y 76%; sin embargo, el resto
—principalmente tres fondos de inversión libre o de capital de riesgo,
denominados por Argentina “fondos buitres”, que en la crisis compraron en
el mercado su deuda soberana a valor mucho menor para luego pleitear
por el pago total— han litigado hasta el momento actual.
En 2012, Griesa dictaminó que Argentina debía pagarles USD 1.330
millones —USD 1.500 millones con intereses. ¿Por qué tiene jurisdicción un
tribunal norteamericano? Porque esos títulos de deuda fueron emitidos en 1994 conforme
al Fiscal Agency Agreement que prohíbe tratos diferenciados con los acreedores.
El Gobierno argentino rechaza el fallo porque considera que si lo acata el
resto de los que no entraron en acuerdo —holdouts— reclamarán USD 15.000
millones, la mitad de las reservas actuales, y los que negociaron pueden retroceder
y reclamar el pago nominal total —cerca de USD 100.000 millones— hasta
diciembre que vence la cláusula RUFO que lo permite. Además, no puede pagar a
los que canjearon hasta solucionar esto y ése incumplimiento le acecha cercano.
Esta situación es un
problema largamente repetitivo y no exclusivo de Latinoamérica:
sobreendeudarse y renegociar para reducirlo. Y si bien lo individual no siempre
coincide con lo estatal, me asaltan dos preguntas: ¿nuestras deudas bancarias personales
podrían reducirse, negociándolas, en caso de problemas económicos? Los bancos responderán
que no, porque se asumieron de común acuerdo en un momento determinado tras el
estudio de capacidades reales de pago y las variaciones no son responsabilidad
de los bancos. ¿Acaso los Estados no se miden iguales?
Información consultada
http://www.lanacion.com.ar/1707771-el-gobierno-busca-postergar-hasta-diciembre-el-pago-a-los-holdout
https://www.google.com.bo/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=5&cad=rja&uact=8&ved=0CDsQFjAE&url=http%3A%2F%2Fwww.gacetaoficialdebolivia.gob.bo%2Fregulatorias%2Fdescargar%2F22&ei=UEu4U9a9MoS-sQTKz4CABQ&usg=AFQjCNG8qFAR-EoChrscUsHT0GtKwpTnvg&sig2=JTXpizOaAH6koIaz6sKWNg&bvm=bv.70138588,d.cWc
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