El XI Censo de Población y Vivienda debió realizarse en 2010:
la Ley N° 2105/2000 que modificó la Ley N° 1551/94 legisló que: «A partir del censo […] 2001, la información relativa a su población
será obtenida de los Censos Nacionales levantados por el Instituto Nacional de
Estadística y que se efectuarán obligatoriamente todos los años terminados en
cero», pero no fue así: se realizó en 2012 y demoró más de dos años en
tener resultados oficiales, difundidos oficialmente el 30 de junio de 2016
(“casualmente después de convocadas las elecciones”).
Ese Censo dejó varios hitos negativos: fue demorado (a los
11 años del anterior y fuera de lo dispuesto en la Ley N° 2105); sus resultados
se difundieron tras un período muy dilatado (y con diferencias de los avances
iniciales); no modificó la representatividad regional (tampoco para la elección
luego fraudulenta de 2019); no activó el Pacto Fiscal, instaurado por la
Disposición Transitoria Décima Séptima I y II de la Ley N° 031/2010 “Ley Marco
de Autonomías y Descentralización ‘Andrés Ibáñez’” y los artículos 271.I y 272
de la vigente Constitución Política del Estado, y de yapa excluyó identificar a
los no-indígenas (no volveré a hacer descripción de lo que antes publiqué, en
2012 y este año).
¿Por qué lo que critico? Sin Pacto Fiscal, el Estado maneja directa
y discrecionalmente el 75% de los impuestos nacionales (IVA, RC-IVA, IUE, IT,
ICE, GAC, ITGB, ISAE) y distribuye el 20% a los Gobiernos Municipales y el 5% a
las Universidades Públicas “de acuerdo con la distribución poblacional”, así
como maneja el 75% del IEHD y distribuye el 20% a los Gobiernos Departamentales
“el 50% según población (nuevamente Censo) y el otro 50% en distribución
igualitaria” y el 5% a las Universidades Públicas “de acuerdo con la
distribución poblacional”; también del IDH (32% de la producción de
hidrocarburos) el Estado recibe el 19%, los Gobiernos Departamentales el 10%,
los Gobiernos Municipales el 35% y las Universidades Públicas el 7% (todos
porcentajes aproximados), y, por último, de las Regalías por hidrocarburos (el
18% de la producción), el Estado recibe el valor del 6% y los Gobiernos
Departamentales el 12%. (En ningún caso, había “algo porcentual” para las
autonomías IOC). No hay que ser iluminado para entender que el Estado no quiere
oír de reducir sus ingresos, ni aun de una repartición porcentual del 50-50 que
ha sido la propuesta de Pacto Fiscal con los Gobiernos Departamentales (sería
reducir sus ingresos). Y una distinta representatividad regional puede
debilitar al oficialismo.
De la redistribución no realizada de los recursos fiscales y
de la representatividad regional, considerando la migración interna en Bolivia
que drena habitantes de la mayoría de los departamentos hacia el de Santa Cruz —la
migración andina Santa Cruz la comparte con El Alto—, es indiscutible que todo el
departamento de Santa Cruz y la ciudad de El Alto perdieron voces que los
representen y defiendan y recursos para sus poblaciones. En lo del mestizaje —y
a pesar de que el Censo de 2012 desvirtuó que Bolivia era un país indígena
porque sólo menos del 42% se autorreconoció como tal, perforando el discurso
indigenista del oficialismo—, el autorreconocimiento como mestizo hubiera
drenado más ese menor porcentaje, porque el XI Censo identificó como población
no-rural boliviana a más del 67% de los censados (para 2020, el Banco Mundial
proyectó sobre el 70%).
Para el “próximo” Censo, vale igual toda la argumentación
anterior: El Alto y todo Santa Cruz recibirán menos recursos (ya insuficientes)
para sus crecientes poblaciones, lo que los limitará más para cubrir las
necesidades de salud, educación, vialidad y servicios para sus pobladores —incluyendo
las atribuciones transferidas sin correspondientes recursos que el Gobierno
central les hace—, a la vez que no tendrán los necesarios defensores de su
situación de acuerdo con la representatividad regional vigente; en contraparte,
el Gobierno nacional mantendrá acogotados a las autoridades departamentales y
municipales de los entes proveedores de emigración con el chantaje de que un
nuevo Censo —fotografía nacional— les reduciría recursos y representatividad.
Del mestizaje, se enterraría el indigenismo como argumento de política de
Estado.
No entraré en las mentiras —“todo está listo”, “es político
el reclamo de que no puede haber Censo en noviembre”— ni en las argucias
gubernamentales ni en los cainismos egoístas de autoridades que se dijeron
“opositoras” en su momento. Porque más
claro, agua.
http://censosbolivia.ine.gob.bo/webine/content/disposiciones-legales
http://censosbolivia.ine.gob.bo/webine/marco-legal
http://censosbolivia.ine.gob.bo/webine/preguntas-frecuentes
http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/buscar/1405
http://www.scielo.org.bo/scielo.php?pid=S0040-29152014000200007&script=sci_arttext
http://www.scielo.org.bo/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0040-29152021000200138
https://autonomias.gobernacionlapaz.com/category/pacto-fiscal/
https://es.wikipedia.org/wiki/Censo_boliviano_de_2012
https://library.fes.de/pdf-files/bueros/bolivien/13077.pdf
https://siip.produccion.gob.bo/repSIIP2/files/normativa_12345_260720214073.pdf
https://www.asfi.gob.bo/images/MARCO_NORMATIVO/SERV_FINAN_/LEY_N_1413.pdf
https://www.cnibolivia.com/boletines/circulares/Pacto_Fiscal_julio_2017_cadinpaz.pdf
https://www.la-razon.com/voces/2022/01/17/por-que-son-importantes-los-censos-nacionales/
https://www.lexivox.org/norms/BO-L-2105.html
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