miércoles, 12 de diciembre de 2012

De curules y representaciones


Como tras todos los Censos de Población, en Bolivia se habla y escribe cada vez más en estos días de la redistribución de escaños, esta vez de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Departamentos con más población reclaman una redistribución de los curules y como la Constitución fija un límite definido para éstos de 130 –entre pluri y uninominales– más 36 senadores, las regiones decrecientes ya se preparan para evitar “hasta las últimas consecuencias” –no lo he oído ni leído aún pero estoy seguro que ya se exclamará– las consiguientes reducciones.

Frente a esto, me surgen dos comentarios sobre el concepto de “necesidad”: El primero, es sobre “la necesidad” de tener 166 representantes –y sus suplentes y asesores y secretarias y la consiguiente burocracia (no es un término peyorativo) legislativa. Acabo de volver de Costa Rica (había pasado muchas veces por su aeropuerto pero reconozco que nunca la había visitado) de un asesoramiento a su Tribunal Supremo de Elecciones y, de regreso, me traje no sólo los recuerdos de sus habitantes –grandes amigos– y su geografía sino, también, de algo que considero destacable: Su democracia. No mencionaré que desde la década de 1940 es un país sin ejército ni que sus instituciones democráticas hayan funcionado tan bien que 2 recientes expresidentes terminaron en la cárcel por delitos de corrupción –uno fue por aceptar una consultoría–, sino porque funcionan adecuadamente con una Asamblea Legislativa unicameral con sólo 57 parlamentarios. Si dividimos la proporción entre parlamentarios de Bolivia y Costa Rica y sus poblaciones el factor es de 15 en Bolivia por millón de habitantes (considero que tendremos 11 millones) y 11 en Costa Rica: en Bolivia tenemos más (peor si vemos las cifras del PIB per cápita en 2011: entre USD 8.202 y 10.894 en Costa Rica, según las fuentes; en Bolivia, entre 2.200 y 1.609).

La segunda inquietud es sobre la “necesidad” de un ente legislativo bicameral. Aunque parezca ocioso recordarlo, la idea viene desde la Carta Magna inglesa –la Magna Charta Libertatum– de 1215, con una Cámara de los señores y otra del llano (es una aproximación mía bastante gruesa) y que recuerda al más moderno y termidoriano Conseil des Anciens. Entre 2004 y 2005 encabecé una investigación financiada por la Universidad Estatal de Nueva York (SUNY) que –tras entrevistar cientos de parlamentarios y políticos de todas las tendencias (incluido el actual Primer Mandatario), líderes de opinión, gremialistas, periodistas, académicos, empresarios, etc., y revisar cientos de documentos (el Informe final tuvo cerca de 1.400 páginas)– concluyó que la opinión muy mayoritaria (remarco) era un parlamento unicameral de elección directa (sólo uninominales). Lamentablemente, tras la Nueva Constitución Política del Estado que del Congreso Nacional sólo cambió el nombre –y amplió los senadores– quedó en eso: un proyecto.

Me pregunto: ¿Son necesarias dos Cámaras para que la ALP funcione? ¿Menos asambleístas conllevarían ¿más? ineficiencia? Pero, sobre todo: ¿Necesitamos confrontarnos por algo que es obvio…?



Referencias

      
http://www.ibce.org.bo/informacion-mercados/descarga_ibce_cifras.asp?id=21&idsector=6

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